La falta de actualización de los registros catastrales provoca una grieta en las arcas municipales
LAURA DOCAMPO / SANTA CRUZ DE TENERIFE
Mientras el valor de la vivienda no ha cesado de incrementarse durante las últimas dos décadas, el 40% de los municipios de la provincia de Santa Cruz de Tenerife no ha actualizado la cotización catastral de sus bienes inmuebles en una media de 15 años. Se trata de una medida que, además de infringir la Ley del Catastro Inmobiliario, acentúa la insuficiencia de recursos en los ayuntamientos y beneficia mayormente a los propietarios de grandes extensiones.
En 1990, una vivienda de 100 metros cuadrados en el centro de Santa Cruz valía una media de 65.000 euros. La hipoteca media rondaba los 44.000 euros y el plazo de amortización era de 12 años. En 2006, la misma vivienda está tasada en 178.000 euros y la cantidad media de hipoteca es de 120.000 euros, a pagar en más o menos 25 años, aunque el plazo se puede estirar hasta 40 años. Sin embargo, tras casi veinte años, muchas de estas propiedades continúan tributando sus impuestos en función de la tasación oficial que se hizo de ellas en 1990.
La escasez de recursos de los municipios es una realidad indiscutible que impregna el discurso político y eleva el tono del debate entre partidos. Pero en Canarias, muchos ayuntamientos mantienen una abismal diferencia entre el valor real de las propiedades ubicadas dentro de sus límites y el que se emplea como referencia para calcular sus tributos. Ello se debe a que durante los últimos 17 años no han actualizado la tasación catastral de sus inmuebles, una decisión que infringe la Ley del Catastro, que obliga a las corporaciones locales a revisar estos valores en un plazo máximo de diez años y que va en contra de la idea de redistribución de la riqueza que intenta corregir desigualdades sociales. En definitiva, quien más se beneficia es quien más tiene.
Para Guillermo Núñez, profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de La Laguna y ex concejal de Hacienda y Economía de Santa Cruz, no hay duda: "La importancia del valor catastral es enorme porque hoy el impuesto municipal sobre la propiedad es la clave de la financiación local. La no renovación de los valores catastrales significa una gran pérdida de dinero para los ayuntamientos y un ahorro impositivo para los contribuyentes, sobre todo para los propietarios de grandes extensiones".
En la misma línea, el catedrático de Arquitectura Legal de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y vocal de la Ejecutiva regional del PSOE, Carmelo Padrón, asegura que "los propietarios de grandes bienes inmuebles están encantados con este retraso" y apunta que "los empresarios para estas cosas también son muy influyentes".
Para el imaginario colectivo, hablar del Catastro puede sonar a depósito de viejos y polvorientos archivos a los que nadie parece darles importancia. Sin embargo, conocer la riqueza inmueble de un territorio, a través de un inventario detallado de parcelas rústicas y urbanas como el que proporciona el Registro Catastral, es fundamental tanto desde una perspectiva fiscal como administrativa, puesto que permite estimar el potencial económico de cada región.
El valor catastral de una propiedad sirve de base para calcular diversos impuestos, aunque sobre el que tiene mayor incidencia es el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Los propietarios de cualquier inmueble, ya sea residencial, comercial o industrial, están obligados a pagar el recibo del IBI anualmente y en la actualidad es la principal fuente de ingresos impositivos de las arcas municipales. Por ejemplo, su recaudación representaba en 2001, según el Consorcio de Tributos de Tenerife, el 54% de los recursos obtenidos por las administraciones locales, muy por encima de lo conseguido con los impuestos sobre los vehículos (29%) o las actividades económicas (3%).
Con el valor catastral, los ayuntamientos fijan la cuantía del IBI que los contribuyentes deberán pagar. Para ello, al valor fiscal de la vivienda se le aplica el tipo de gravamen aprobado en la ordenanza fiscal que para ese año haya aprobado el pleno de cada ayuntamiento. El tipo de gravamen no es más que el porcentaje que se aplica sobre el valor catastral. Este porcentaje está limitado por una normativa nacional, la Ley de Haciendas Locales, que establece un tipo de gravamen mínimo del 0,4% y uno máximo del 1,10 %. Así, por ejemplo, la ordenanza fiscal reguladora del IBI del Ayuntamiento de Santa Cruz, en 2006, estableció que el gravamen aplicado a las viviendas de su municipio fuera de un 0,608%. Para el propietario de un inmueble con un valor catastral de 40.000 euros, el recibo de IBI debió ser de 243 euros, siempre y cuando no tuviera derecho a ninguna de las bonificaciones que ofrece la corporación, como las que se destinan a las familias numerosas (descuento del 50%), a las viviendas de protección oficial (50%) o a las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria (90%).
Esta potestad que tienen los ayuntamientos de oscilar entre el 0,4 y el 1,10 % para subir o bajar la cuota del IBI es vista por ciertos especialistas como una medida supletoria ante valores catastrales desfasados. Cuanto más antiguos sean los valores catastrales se puede cobrar un porcentaje mayor para contrarrestar y viceversa, aunque esto no deja de ser un parche para una base de datos en constante variación como es el Catastro.
En cuanto a las variaciones de la cuota del IBI, también hay que tener en cuenta que cada año los Presupuestos Generales del Estado corrigen el valor catastral en función de la inflación prevista. Esto descongela los valores muy lentamente, mientras el precio de venta en el mercado libre arde en medio de una hoguera que, sólo en la última década, infló los precios un 130%, según el Banco de España.
De los 53 municipios de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, 20 no actualizan la valoración catastral de sus inmuebles desde 1990, diez lo hicieron por última vez hace más de 12 años, dos realizaron un revisión global en 1997 y 21 de ellos lo hicieron durante los últimos seis años. Por islas, los más desfasados en Tenerife son Adeje, Arafo, La Guancha, San Juan de la Rambla, Santa Úrsula, El Sauzal y La Victoria de Acentejo; en La Palma son Barlovento, Breña Alta, Breña Baja, Fuencaliente, Garafía, Puntagorda, San Andrés y Sauces y Santa Cruz de la Palma; y por último Alajeró, Hermigua, San Sebastián de La Gomera y Vallehermoso en La Gomera.
Revisión sin gastos. La actualización global de los valores catastrales de un municipio la realiza, a petición del alcalde, la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, y es totalmente gratuita para el municipio que la solicita. Para desempeñar esa labor se constituye una comisión de trabajo, en la que también participan técnicos de la delegación territorial del Catastro correspondiente. Esta gestión entraña cierta complejidad, ya que en ella intervienen multitud de variables como el valor del suelo, antigüedad y uso, y conservación de la edificación, entre otros.
Para calcular los valores catastrales se tienen en cuenta, además, los de mercado; es decir, el precio que se pagaría por la propiedad en caso de ser vendida. El precio catastral nunca alcanzará al del mercado y suele situarse en torno al 50 por ciento. Una vivienda de 178.000 euros debería tener entonces un valor catastral de 89.000 euros, aproximadamente.
Si el IBI es la mayor fuente de recursos y si hacer una actualización global de los inmuebles no tiene ningún coste para los ayuntamientos, ¿por qué los municipios no actualizan sus catastros? Para Carmelo Padrón la respuesta para lo que califica de "dejación injustificada" está en "la falta de voluntad política".
Padrón culpa a los ayuntamientos de ser "muy populistas" y de no querer "pisar callos". "En Canarias nos hemos especializado en pedir dinero a Europa, al Estado y después resulta que tenemos un Catastro desfasado", señala. La picaresca es uno de los ingredientes que resalta el especialista en Arquitectura Legal para explicar que Canarias esté entre las comunidades con más infracciones urbanísticas de todo el Estado. "El buen alcalde es aquel que deja hacer al ciudadano lo que quiera, el que no actualiza sus valores catastrales... En realidad, deberíamos pensar al revés, porque si los ayuntamientos tienen menos dinero, tendremos menos escuelas, menos parques... Perdemos todos".
Recalificaciones. Pero la falta de actualización del Catastro en Canarias tiene aún otra faceta tal vez más oscura que, según Núñez, está relacionada con las recalificaciones. "Es evidente que hace falta actualizarlos, sobre todo debido a las recalificaciones que ha habido". Para el profesor, Santa Cruz es un ejemplo de lo que sucede en otros tantos ayuntamientos. "Si usted lleva una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), eso significa que, por ejemplo, un solar que antes de la revisión era rústico se transforma en terreno urbanizable y, por tanto, las expectativas económicas de ese solar cambian radicalmente", explica el antiguo edil del municipio capitalino, al tiempo que añade que "consecuentemente, habría que fijar de nuevo su valoración fiscal. Si yo no hago esa revisión, lo que se mantendrá es un valor totalmente ficticio, que no responde absolutamente en nada a la realidad".
Sanciones. Cuando un terreno rústico se convierte en urbanizable hay un mecanismo de actualización automática en el Catastro. Pero no funciona así cuando, por ejemplo, se construye un hotel, un edificio o un centro comercial en ese solar. En el caso de que se levante una construcción en un terreno recalificado, puede pasar mucho tiempo hasta que la administración catastral lo acabe observando. En ocasiones, el propietario impulsa esa actualización yendo personalmente a la delegación territorial y cumpliendo con la obligación de comunicación que impone el Catastro. Si en lugar de dar de alta lo que haya construido, un propietario espera a que se haga una revisión global de todo el municipio -que en Canarias puede demorar cerca de 20 años-, incumpliendo el deber de comunicación que establece la Ley del Catastro Inmobiliario, su infracción no tendrá ningún efecto retroactivo sobre el pago de impuestos. El régimen sancionador sólo prevé una multa que va de 60 a 6.000 euros. Según Carmelo Padrón, en un sistema tan indulgente, "alguien podría estar pasándose de listo o la Administración, de tonta". Para dimensionar este problema es útil apuntar que entre 1987 y 2002, la empresa pública de cartografía, Grafcan, estimó que la superficie edificada en Tenerife se incrementó en 1.375 hectáreas.
Expropiaciones. El valor catastral también es tenido en cuenta por la Administración para acciones de carácter no fiscal, como las expropiaciones, determinadas ayudas, becas y subvenciones públicas. Quizá en este apartado esté la respuesta a la actualización de los registros catastrales de La Laguna, en el año 2003, ya que las obras del tranvía obligaron a expropiar una abundante cantidad de viviendas en ese municipio. Expropiar esas parcelas al valor catastral en el que estaban cotizadas hasta ese momento hubiera levantado un torbellino de protestas vecinales. En cambio, con la actualización, La Laguna pasó a ser para el Catastro el municipio con el metro cuadrado más caro de toda la provincia, rozando los 60.000 euros de valor fiscal medio de sus propiedades.
Recaudación. De los 26 municipios para los que el Consorcio de Tributos de Tenerife recauda los impuestos municipales, los que más dinero han conseguido en 2005 son, precisamente, dos de los que tienen sus catastros más actualizados. Se trata de Arona, que renovó sus valores en el año 2000 y recaudó 12.485.000 euros, y Puerto de la Cruz, con valores fiscales de 2001 y una recaudación de 9.127.000 euros en concepto de IBI.
En general, las finanzas locales están en rojo mientras algunos ayuntamientos esquivan revisar su fuente de ingresos más importante, ofreciendo un perdón impositivo a grandes superficies, hoteles de lujo y millonarios del ladrillo que se traduce sigilosamente en un castigo para los que, con menos recursos, demandan servicios sociales que los municipios no están siendo capaces de dotar económicamente.
Municipio de Adeje: hoteles que tributan con valores de 1990
El municipio de Adeje es uno de los que defiende con más garra la puesta en marcha del Estatuto de Municipios Turísticos en Canarias, como vía para paliar la falta de recursos de los ayuntamientos que, como destinos turísticos, están obligados a ofrecer una gran cantidad de servicios públicos a un número de ciudadanos inmensamente superior al de cualquier otro. Sin embargo, al mismo tiempo los hoteles que están instalados en ese municipio pagan uno de los recibos de IBI más bajos de Tenerife. Así lo demuestran sus datos catastrales, que no se renuevan desde hace 17 años y sitúan el valor medio de la propiedad en menos de 60.000 euros. A esto se suma que el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento para el cobro del IBI es de un 0,5 por ciento, con lo cual el importe medio del recibo es de 360 euros.
Cuesta creer que cualquiera de los hoteles de lujo que se esparcen por su amplia costa puede estar tributando una cifra tan alejada de la realidad y que, por tanto, estaría provocando pérdidas millonarias a las arcas del municipio sureño. Al analizar esta situación, el arquitecto y vocal de la Ejecutiva regional del PSOE, Carmelo Padrón, cree que los municipios turísticos "no deberían estar mirando para otro lado y menos aún tras la moratoria".
Municipio de El Sauzal: el ´catastrazo´ posterior a las elecciones
El Ayuntamiento de El Sauzal realizó durante 2006 una revisión global de sus valores catastrales, aunque mantendrá vigentes los de 1990 hasta después de las elecciones de mayo. Tras 16 años, la actualización generará lo que se denomina catastrazo, dado que sus valores catastrales podrían incrementarse un cien por cien y llegarían a triplicarse en muchos casos, según informaron fuentes del área tributaria de esta corporación.
El considerable incremento del recibo del IBI que esta medida tendrá sobre los vecinos de El Sauzal intentará ser mitigada con una bajada del tipo de gravamen, que descenderá del 0,7% que se aplica ahora al 0,56 por ciento. No obstante, la normativa catastral prevé para este tipo de casos un coeficiente reductor que difiere el aumento en un período de diez años.
De acuerdo con las estadísticas no revisadas desde 1990 del Catastro, El Sauzal tiene 3.321 parcelas urbanas en 2005, con una superficie de 2.703.164 metros cuadrados. Asimismo, el valor catastral medio de una vivienda es de 30.718 euros. Su desfase catastral ha provocado que un ayuntamiento con un 25 % menos de parcelas y un 40% menos de metros cuadrados, como es Santiago del Teide, recaudara un 184 % más en concepto de IBI urbano durante el año pasado, según los datos del Consorcio de Tributos de Tenerife.
Una institución con historia
En 1750, bajo la dirección del entonces ministro de Hacienda, Zenón de Somodevilla, marqués de la Ensenada, se puso en marcha una magna averiguación catastral en los territorios de la Corona de Castilla. Sería la base de una profunda reforma fiscal cuyo objetivo era simplificar, racionar y hacer más justo y eficaz el sistema contributivo. La idea era sustituir las denominadas rentas provinciales por una única contribución, universal y proporcional a la riqueza de los contribuyentes. Para que dicha proporcionalidad pudiera ser una realidad, era necesario averiguar la riqueza de cada uno. Así se ponía en marcha el Catastro y hasta hoy nunca ha sido fácil lograr ese objetivo. Fracasó el intento del marqués de la Ensenada e igual suerte corrió el de Martín de Garay en 1817. En 1845, Alejandro de Mon introdujo una reforma tributaria a partir de la cual la contribución comenzó a basarse en las declaraciones juradas de los propietarios, sistema que condujo a todo tipo de abusos y ocultaciones.
El avance catastral parcelario instaurado entre 1906 y 1913 tampoco logró vencer la resistencia de los propietarios de grandes extensiones y no fue hasta mediados de los sesenta, con el empleo de la fotografía aérea, cuando por fin pudo alcanzarse cierta exactitud en el registro de las fincas. Luego llegaron los setenta y el boom de la construcción hizo que la especulación urbanística comenzara a expandirse. Esto hubiera dado un gran impulso al impuesto catastral si no hubiera sido por la introducción del IRPF, que redujo su importancia. Finalmente, la reforma de Fernández Ordóñez, en 1978, hizo que el impuesto catastral se delegara a las administraciones municipales.
Fuente: La Opinión de Tenerife, 14-01-07
