Con motivo de la presentación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de la Ley de medidas fiscales, administrativas y del orden social, las organizaciones Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife, Greenpeace, WWF/Adena y Amigos de la Tierra manifiestan su total oposición al uso de las leyes de acompañamiento para modificar la legislación ambiental, y critican la modificación que este año se pretende realizar del Real Decreto Legislativo de Evaluación de Impacto Ambiental.
Ecologistas en Acción, SEO/BirdLife, Greenpeace, WWF/Adena y Amigos de la Tierra manifiestan su frontal rechazo a la costumbre del actual Gobierno de realizar modificaciones de fondo de la legislación ambiental a través de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado. Estas organizaciones consideran que estas modificaciones van en contra de todos los principios de acción democrática y obstaculiza el derecho a la participación publica en la toma de decisiones ambientales. A las organizaciones ecologistas no se les comunica formalmente la intención de realizar las reformas, o se les comunica tarde, y tampoco se les comunica las razones que motivan las reformas, y no se les concede un plazo para formular las oportunas alegaciones.
En general, este tipo de leyes, llamadas "leyes ómnibus" constituyen una vulneración del "principio de certeza del derecho y seguridad jurídica" consagrado en la Constitución española. Se tramitan en un breve lapso de tiempo y las Comisiones sectoriales del Congreso - en nuestro caso la Comisión sectorial de medio ambiente - no tienen la oportunidad de pronunciarse sobre la idoneidad de la modificación. Por ello, se produce un abuso de estas Leyes. Además, supone un mal uso del procedimiento de la ley de medidas de acompañamiento al pretender solucionar defectos de la legislación ambiental que deberían ser tratados como reformas de ley en toda regla.
En años anteriores por esta vía se modificaron la Ley de costas, la Ley 4/1989, e incluso la Ley del derecho de acceso a la información ambiental, mientras que este año le ha tocado el turno a la Ley de aguas, a la Ley de conservación de los espacios naturales, la flora y la fauna silvestres, y al Real Decreto Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental.
Concretamente en la modificación del Real Decreto Legislativo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) son tres las modificaciones que consideramos de mayor gravedad:
- Se ha cambiado (art. 9.2) el régimen de suspensión de aquellos proyectos que no respetan los requisitos de la normativa de EIA. Con la actual modificación en el caso de ocultamiento o falseamiento y manipulación maliciosa de datos en el estudio de impacto ambiental, sólo se podrá suspender la actividad si el ocultamiento o falseamiento ha "influido de forma determinante en el resultado de dicha evaluación", y para poder suspender la actividad en el caso de incumplimiento del condicionado ambiental este incumplimiento ahora debe ser "significativo". Con estas modificaciones se añaden elementos subjetivos y elementos jurídicos indeterminado de difícil precisión y los supuestos de suspensión se restringen hasta el punto de dejarlos sin virtualidad práctica.
- Se ha limitado la posibilidad a las organizaciones ecologistas de instar la suspensión. La modificación (art. 9.2 y 9.3) establece que tan sólo en el supuesto de inexistencia de evaluación ambiental podrá el órgano ambiental ser instado por los particulares para que requiera la suspensión de la actividad, mientras que hasta ahora también se puede instar la suspensión por ocultación o falseamiento de información y por incumplimiento del condicionado ambiental incluido en la declaración de impacto ambiental.
- Se ha procedido a establecer la evaluación ambiental de los proyectos que afecten a la red Natura 2000, pero esta se ha realizado de manera precipitada y sin buscar la debida coherencia con la normativa sobre la red Natura 2000 (nueva disposición adicional).
Con esta modificación del Real Decreto Legislativo de EIA se está reduciendo la capacidad de intervención del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, y se está dificultando la participación de las organizaciones ambientales en el seguimiento y vigilancia de la normativa de EIA. Todo ello, deja al medio ambiente desprotegido ante los proyectos promovidos por las administraciones, máximo cuando el propio Ministerio de Medio Ambiente, es el responsable de la aplicación de la evaluación de impacto ambiental y el promotor de cientos de obras y proyectos muy impactantes.
Fuente: ECOLOGISTAS EN ACCIÓN, SEO/BIRDLIFE, GREENPEACE, WWF/ADENA Y AMIGOS DE LA TIERRA