29 de febrero de 2008
Presentación de la querella contra la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife por vulneración de derechos fundamentales
Los cinco aspirantes a bombero del Consorcio de Tenerife, representados por la abogada Almudena Viota Mariñas, han presentado esta mañana al juzgado de instrucción de Santa Cruz de Tenerife una querella por vulneración de derechos fundamentales contra el suboficial agente número 34 de la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife, y otros que intervinieron en la campaña de acoso contra la reivindicación que llevamos a cabo a las puertas del Cabildo desde hace 50 días.
La querella se dirige también, por extensión de responsabilidades, al concejal de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Protección Civil del Ayuntamiento de Santa Cruz, Hilario Rodríguez González, así como al alcalde, Miguel Zerolo. Igualmente, la abogada pide diligencias para que la Policía Local aporte la identidad de todos los agentes que a diario nos vienen intimidando, amenazando e intentando obligar a desistir de nuestra legítima protesta en defensa de nuestros derechos, a lo largo de una campaña de acoso que aún hoy continúa, a los que pudimos fotografiar in situ. Cabe recordar que la Policía Local llegó a movilizar hasta siete vehículos simultáneamente durante toda una mañana, reforzada por relevos de unidades sucesivos, sólo para amedrentarnos, desviándolos de sus funciones habituales de vigilancia y prevención de la delincuencia real.
A todos ellos les acusamos de la violación de los derechos fundamentales a la libre expresión y difusión de pensamientos, ideas y opiniones (art. 20.1 de la Constitución Española ), de reunión (artículo 21.1 de la CE ) y de huelga (art. 28.2 de la CE ) al tratar de boicotear nuestro legítimo ejercicio de éstos con una campaña continua de acoso desproporcionada, que alcanzó su punto álgido el pasado 20 de febrero, cuando el suboficial identificado con la placa número 34 cortó y retiró personalmente las pancartas reivindicativas con las que apoyamos nuestra protesta para exigir el cumplimiento de una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que el Consorcio de Bomberos sigue ignorando. Estos hechos son constitutivos de un delito contra EL DERECHO DE HUELGA, previsto en el artículo 315 del Código Penal, lo que da lugar a la formulación de esta querella, al amparo de los artículos 270 y siguientes de la L.E .Criminal, y de conformidad con el artículo 277 de la misma Ley.
Esta acción ilegal de la Policía Local -pues no se justifica en el incumplimiento de absolutamente ninguna normativa- la reconoció expresamente el propio Ayuntamiento de Santa Cruz en una nota de Prensa que difundió a través de los medios de comunicación y su página web el mismo día de los hechos.
NINGUNA NORMATIVA IMPIDE NUESTRA PROTESTA Y LA CE LA AMPARA
N o existe ordenanza ni normativa alguna que considere infracción la utilización del mobiliario urbano de la forma que lo hacemos y ésta es la única razón por la que la Policía Local no ha podido esgrimirla ni en las dos actas que elevaron por sus diligencias –no cinco, como aseguró el Ayuntamiento-, ni en sus comunicaciones públicas, ni en ninguno de los incontables intentos verbales de convencernos para que desistamos de nuestra protesta.
Por eso, la intervención del suboficial número 34 especialmente fue ilegal, al suponer la violación de nuestros derechos fundamentales recogidos en la Constitución Española , incumplir su deber de defensor de la ley –puesto que no existe incumplimiento al no haber infracción- y abusar de su autoridad, lo que constituye un agravante según el Código Penal.
La gravedad de esta intervención es tal que aunque existiera una ordenanza municipal que prohibiera específicamente que cinco aspirantes a bombero del Consorcio de Tenerife colocaran pancartas a las puertas del Cabildo, esta ordenanza sería ilegal y anticonstitucional porque violaría directamente las libertades fundamentales recogidas en la Constitución Española y desarrolladas en la Ley Orgánica del Derecho fundamental de Reunión (arts. 1,3 y 5).
Además, desmentimos varias de las afirmaciones con las que el Ayuntamiento trató de justificar la actuación del suboficial 34, fundamentalmente, la que hacen referencia a que abrirían contra nosotros diligencias por un presunto delito de desobediencia a los agentes de la autoridad.
Según la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior, para que un Ayuntamiento inicie actuaciones para imputar un delito de desobediencia (Codigo Penal 556) tendrían que darse las siguientes circunstancias:
- Existencia de Ordenanza municipal reguladora de la cuestión objeto de supuesta infracción
- Si existiera tal ordenanza aprobada, el Ayuntamiento debería elevar órdenes individuales de prohibición expresa de la actividad denunciada
- Debe haber apercibimiento, dejando 15 días para las alegaciones correspondientes.
Es obvio que en este caso no se da ni una sola de estas condiciones. Una vez más, no existe normativa que dé origen a la obligación de obediencia a la autoridad.
También negamos rotundamente que hayamos respondido con amenazas al acoso que han protagonizado únicamente ellos, intentando amedrentarnos con arrestos, algo que, por otra parte, nunca podría ser consecuencia del incumplimiento de una normativa local, aún cuando hubiera una de aplicación.
Por el contrario y en la misma línea que hemos mantenido a lo largo de estos cuatro años de lucha, en la que nosotros nos hemos limitado a utilizar las herramientas que pone a nuestra disposición el Estado de Derecho –tribunales de Justicia y acciones reivindicativas constitucionales-, hemos respondido a un acoso implacable y continuo sin perder la paciencia, la calma ni los nervios, dando muestra de una aptitud psicológica de matrícula.
Aptitud que, por cierto, acaba de reconocer el tribunal evaluador de la oposición que se está desarrollando actualmente para el acceso al Consorcio de Bomberos al superar el examen psicológico Tamarán Brito, uno de los cinco aspirantes que fuimos eliminados del proceso en litigio en base a nuestro “supuesto inadecuado perfil psicológico”. Ya lo había reconocido el TSJC, ahora lo reconoce también el Consorcio. Somos aptos . Deberíamos estar dentro. Nos han robado nuestras plazas.
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